Redactado por
Bruno CapelettiAbogado especialista en accidentes laborales
C.S.J.S.F. T° XVI F° 48
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Durante muchos años, los trabajadores que padecían una hernia de disco laboral se encontraban con una pared infranqueable al momento de reclamar: las aseguradoras solían otorgar porcentajes de incapacidad llamativamente bajos o rechazaban el caso argumentando que se trataba de una enfermedad preexistente o degenerativa. Con la entrada en vigencia de las nuevas normativas de evaluación médica, el panorama ha dado un giro que modifica las reglas del juego para quienes sufren estas lesiones en la columna.
Las modificaciones introducidas impactan directamente en el cálculo de los puntos de incapacidad, exigiendo un análisis técnico más riguroso. Si bien este cambio abre nuevas oportunidades para optimizar el cobro del resarcimiento, los beneficios no se aplican de manera automática ni generalizada. El éxito del reclamo dependerá del tipo de lesión, la documentación médica aportada y la estrategia legal frente a la junta médica de la aseguradora.
¿Qué dice la ley sobre las afecciones de columna?
El Baremo de la Ley de Riesgos del Trabajo es la tabla oficial que los profesionales de la salud utilizan para dictaminar el porcentaje de daño permanente que le quedó a un trabajador tras un siniestro. Mediante el Decreto 549/2025, el Poder Ejecutivo implementó formalmente el nuevo baremo 2026, con el objetivo de actualizar los criterios de ponderación de las patologías laborales.
Para que una dolencia de columna sea reconocida, debe demostrarse el nexo causal directo entre las tareas habituales del empleado (carga de peso, torsión repetitiva del tronco) y la rotura o desplazamiento del disco intervertebral. La novedad del régimen actual es que eleva los topes de resarcimiento para los casos donde el daño neurológico y funcional se encuentra plenamente acreditado por estudios de alta complejidad.
Qué cambió para las hernias de disco
Hernia lumbar (L4-L5 / L5-S1)
Con el baremo anterior: 5% a 10% sin cirugía, 8% a 15% con cirugía. Con el baremo 2026: 8% a 12% si existe compromiso radicular documentado por electromiograma, y 12% a 20% en casos post-quirúrgicos con secuelas funcionales persistentes.
Hernia cervical (C5-C6 / C6-C7)
Con el baremo anterior: 3% a 8% sin compromiso neurológico. Con el baremo 2026: 5% a 15% cuando se adjunta una electromiografía que ratifica fehacientemente la existencia de una radiculopatía activa.
Hernias múltiples
El régimen anterior tendía a licuar los porcentajes cuando el trabajador presentaba afecciones en más de un nivel vertebral. El nuevo sistema introduce un método más justo de combinación de niveles, permitiendo sumar los detrimentos corporales de forma articulada cuando el desgaste laboral afectó múltiples segmentos de la columna.
¿El nuevo baremo te beneficia?
Análisis de aplicabilidad según el caso
- Aplicación directa y beneficiosa: trabajadores que sufrieron el accidente con posterioridad a la vigencia del decreto y cuentan con estudios electromiográficos positivos obtendrán un porcentaje superior al del pasado.
- Sin cambios automáticos: siniestros que ya cuentan con resoluciones firmes, acuerdos homologados o cobros efectuados. Estos expedientes cerrados no se reabren por el mero cambio de ley.
- Zona gris en disputa: expedientes iniciados antes de la reforma pero sin dictamen definitivo. Si la ART pretende usar el nuevo baremo retroactivamente para restar puntos, el trabajador debe impugnar la medida judicialmente.
Impacto en el monto de la indemnización
Para ilustrar con cifras concretas la diferencia que genera un cambio porcentual, analizamos un caso representativo: operario de 40 años, IBM actualizado de $1.200.000, hernia lumbar L4-L5 post-quirúrgica.
Comparativo: baremo anterior vs. baremo 2026
- Baremo anterior (10% de incapacidad): 53 × $1.200.000 × 1,625 × 10% = $10.335.000
- Baremo 2026 (17% con EMG positivo): 53 × $1.200.000 × 1,625 × 17% = $17.569.500
- Diferencia a favor del trabajador: +$7.234.500 por el mismo daño físico, con el mismo IBM y edad.
Este ejemplo muestra por qué resulta determinante contar con el estudio electromiográfico actualizado antes de presentarse ante la Comisión Médica. Sin esa documentación, el tribunal médico aplica los parámetros mínimos y la indemnización se calcula a la baja.
Paso a paso: qué hacer si la ART aplica el baremo viejo
- Realizar la resonancia magnética y la electromiografía actualizadas. Son los estudios base que el nuevo baremo exige para reconocer los rangos superiores de incapacidad. Sin imágenes de calidad recientes y un electromiograma que certifique el compromiso neurológico, el dictamen médico siempre irá hacia los valores mínimos.
- Obtener informe de especialista (traumatólogo o neurocirujano). Este informe privado describirá la afectación funcional real, la limitación de movilidad medida en grados y la relación causal con las tareas laborales. Es el respaldo principal de cualquier impugnación.
- Presentar la impugnación ante la Comisión Médica. Con los estudios y el informe del especialista, se formaliza la impugnación indicando el baremo y el rango porcentual que corresponde aplicar. La CM debe convocar a una revisión.
- Apelar ante la justicia laboral si la CM mantiene el criterio bajo. Ante un juez, un perito médico independiente evalúa la lesión sin los condicionamientos institucionales de la Comisión Médica, y generalmente reconoce valores más cercanos a la realidad clínica.
- No firmar ningún acuerdo antes de cerrar la instancia médica. Una vez firmada la conformidad con el monto propuesto por la ART, revertir el proceso se vuelve extremadamente difícil. Consultar siempre antes de firmar.
Errores comunes que cometen los trabajadores
- Presentarse a la Comisión Médica sin resonancia ni electromiograma recientes. El médico evaluador solo puede trabajar con lo que el trabajador lleva. Sin estudios actualizados, el dictamen se emite a la baja.
- Aceptar el alta médica con el primer porcentaje ofrecido. Si recibiste el alta médica de la ART y el porcentaje no refleja la situación real, tenés plazo para impugnarlo. La aceptación tácita juega siempre a favor de la aseguradora.
- Minimizar el dolor durante la revisión médica oficial. Describir con exactitud el nivel de dolor, la limitación de movimiento y el impacto en las actividades cotidianas es tan importante como los estudios. Lo que no se manifiesta no queda registrado en el expediente.
- No consultar al abogado hasta que el proceso está muy avanzado. Las estrategias más efectivas se construyen desde el inicio del trámite, no cuando la ART ya liquidó y el trabajador firmó sin revisar.
Preguntas frecuentes
¿El nuevo baremo se aplica automáticamente a mi caso de hernia de disco?
Para accidentes ocurridos desde la vigencia del Decreto 549/2025, sí. Para expedientes anteriores sin resolución firme, la situación es disputada jurídicamente: algunos tribunales consideran que el baremo vigente al momento del accidente es el que protege los derechos adquiridos del trabajador. Cada caso requiere análisis individual según la fecha del siniestro y el estado del expediente.
¿Qué estudios son indispensables para obtener un porcentaje justo?
La resonancia magnética lumbar o cervical es el estudio base para documentar la hernia. Para acreditar compromiso neurológico —y acceder a los rangos superiores del baremo 2026— es indispensable la electromiografía con medición de velocidad de conducción nerviosa. Un informe de traumatólogo o neurocirujano especialista eleva significativamente las posibilidades de un dictamen favorable.
¿Puedo reclamar la indemnización aunque ya me hayan dado el alta?
Sí, si quedan secuelas físicas documentadas. El alta médica cierra el tratamiento activo, pero no el reclamo por incapacidad permanente. Si tras el alta seguís con dolor o dificultad para realizar tus tareas habituales, podés solicitar que la Comisión Médica evalúe tu incapacidad permanente. El plazo de prescripción es de dos años desde el alta definitiva.
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